V Congreso de Antropologia Social

La Plata - Argentina

Julio-Agosto 1997

Ponencias publicadas por el Equipo NAyA
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V CONGRESO ARGENTINO DE ANTROPOLOGÍA SOCIAL.

Lo Local y lo Global. La Antropología ante un mundo en transición.

1 "Ilegales, Indocumentados, Clandestinos : los Delincuentes de la Exclusión"

Lic. Claudia Olrog y Lic. Carmela Vives

Nuestra indagación es parte del proyecto de investigación "Los "usos" de la diversidad cultural en un marco de neoliberalismo conservador. Continuidades-rupturas entre escuela y sociedad" (UBACYT Programación 1995/97 ) dirigido por la Lic. María Rosa Neufeld y el Lic. Ariel Thisted. El mismo intenta conocer y explicar una serie de procesos que se están dando en nuestro país marcados por fuertes componentes de intolerancia frente a la diversidad cultural. Una de las líneas centrales de este proyecto intenta establecer la vinculación entre los procesos de diferenciación (positivos-negativos) en términos de representaciones y prácticas referente a lo étnico/cultural y los procesos económico-políticos generales en curso en los cuales se inscriben y manifiestan en contradictoria relación.

En este sentido se ha explorado y realizado trabajo de campo en distintos ámbitos de la cotidianeidad como la escuela y la vida barrial , así cómo el análisis de la producción de sentido realizada por la prensa escrita al hacer referencia a la implementación de decisiones gubernamentales. En este marco hemos realizado una recopilación y sistematización de las principales normas referidas a lo migratorio, desde la institucionalización del país a la fecha, donde pudimos identificar las jurisdicciones responsables de la política migratoria y además reconstruir el modelo de inmigrante puesto en juego con su ponderación correspondiente2 .

Al analizar la legislación sancionada vigente buscamos identificar los criterios para establecer la legalidad o ilegalidad de distintas modalidades de ingreso y permanencia de extranjeros en el país, así como el perfil del inmigrante aceptado y del rechazado. La implementación de las normativas referente a la legalidad/ilegalidad de migrantes tienen un reflejo complejo y contradictorio en la prensa escrita.

En esta línea de indagación consideramos el Estado, las políticas públicas y específicamente la política migratoria como contexto de análisis . Postulamos que alrededor de la definición y discusión de la legalidad de los migrantes en los medios en términos de irregulares, clandestinos, ilegales indocumentados , y las prácticas referidas a su legalización se produce una condensación de sentidos que por un lado remite ambiguamente a la normativa donde estas categorías están discriminadas, y por otro produce sentidos que quedan adheridos, de alguna manera articulados a la nociones de legalidad-ilegalidad de los "otros". Se producen así un conjunto de representaciones con ponderaciones diferentes, del orden de los registrados cotidianamente en la escuela 3 . Este núcleo de sentido permitiría en este contexto una suerte de "legitimación " de los procesos de maltrato, discriminación , desvalorización del otro, culminando en la posibilidad de su expulsión bajo la figura legal de la deportación. Las situacionesde exclusión resultantes de los conflictos y antagonismos se legitiman desde la normativa.

Entendemos la "Norma Jurídica" en los términos que la define Susana Novick: La ley es "...la forma ideológica -concreta que elaboran los grupos- o el grupo- que en un momento histórico puntual detenta el poder político para explicar , comprender y legitimar un conflicto específico de intereses, intentando mediante ésta -la ley- resolverlo a su favor. La ley es un hecho público, es un producto social que marca el punto final de un camino..."4 Lo jurídico cumple además una función didáctica al informar a las partes involucradas de sus derechos y obligaciones. Toda norma jurídica es bilateral: ya que expresa la conducta de varios sujetos. Establece siempre un deber y un derecho en sujetos diversos. Imputa sanciones y es disyuntiva: el sujeto que no ajusta su conducta a lo establecido por la norma será pasible de una sanción que ésta misma prevé. Y finalmente, la norma es coercitiva pues se considera lícita la imposición coactiva de sanciones por parte de los órganos del Estado. En relación a la normativa migratoria es la Dirección Nacional de Migraciones (D.N.M.) del Ministerio del Interior la que la ejecuta a través de la política migratoria en curso. Lo jurídico-normativo constituye una de las dimensiones de la Política Pública.

A partir del recorrido histórico realizado en esta investigación focalizamos las dos últimas décadas, que nos enfrentan a la aplicación de un determinado modelo de Estado y de sociedad. La ejecución de un plan económico y político que incluya la reformulación del Estado, necesitó para su instalación de fuertes políticas represivas hacia la sociedad. El golpe militar de 1976 significó la instalación en el país de un proyecto, centralizado en la concentración de capital en unos pocos grupos económicos y en la marginación de amplios sectores sociales.

El año 1983 marcó el retorno al sistema constitucional, transición que se expresó en la consabida "democratización de la cultura", mientras que en lo económico no pudo resolver la crisis, manifestada en una explosión hiperinflacionaria y estallidos sociales.

En la etapa menemista, la coyuntura política y económica se inserta en la corriente que a nivel mundial implicó el regreso de un exacerbado neoliberalismo, con fuertes dosis de autoritarismo, debilitamiento de los partidos políticos y del poder sindical, marcando el cuestionamiento de los roles del Estado de Bienestar, Estado Social.

Esta larga crisis estructural del "Estado de Bienestar" y del modelo de acumulación y el desarrollo de un nuevo marco estatal, neoliberal, conservador y asistencialista, produce procesos de exclusión cada vez más abarcativos de amplios sectores de la sociedad. Acompañando estos profundos cambios que conllevan el desempleo, la precarización de la inserción laboral, la baja de salarios se ha producido una "focalización" en la presencia de los "otros" como los responsables de distinta manera y en distinto grado de esta crisis y de esta exclusión y los depositarios de los atributos de un polo negativo de la ciudadanía.5 La crisis económica y crisis social del modelo, genera las condiciones en las que "...se produce la politización de la condición étnica usada y manipulada en la acción política., como en las manifestaciones xenófobas registradas en los últimos años..." 6 En este punto nos interesa señalar la importancia que le otorgamos al registro y tratamiento que sobre estos temas realiza la prensa escrita, considerando que constituye un nivel de análisis particular . Al respecto dice Estela Grassi "... los medios de comunicación median la mayor parte de la vida social, de las relaciones entre las personas y de la sociedad civil y el estado y constituyen un espacio eficaz en la "construcción de la realidad"..." 7 En el marco del proyecto hemos realizado una lectura sistematizada de las noticias referentes a cuestiones migratorias en los diarios La Nación, Página 12 y Clarín, abarcando el período que va desde 1993 a 1996 logrando confeccionar un índice hemerográfico 8 . En este trabajo el énfasis estuvo puesto en relevar los conceptos y acciones producidos por organismos gubernamentales y otros gestores de opinión con respecto a los migrantes, como así también otros actores involucrados en la problemática . En la nota periodística aparecen funcionarios, especialistas, periodistas, pero pocas veces la voz de los actores sociales que sufren la discriminación.

Hemos elegido para nuestra presentación las notas aparecidas en La Nación el 6 de febrero y el 21 de abril de 1994.

La prensa al presentar su interpretación de los hechos produce sentidos acerca de los migrantes que van más allá de una información de hechos. Nos interesa señalar cómo es posible significar, en un sentido general, más de lo que efectivamente se dice ;es decir más de lo que es literalmente expresado por el sentido convencional de las expresiones lingüísticas enunciadas9 . La prensa contribuye a generar representaciones en el sentido de construir, elaborar y significar objetos sociales. En este caso, la producción de sentidos acerca de los migrantes se realiza haciendo visible su situación de legalidad/ilegalidad 10 ( Wagner, W. 1995).

La primera nota alude a la jornada de cierre de la ultima amnistía iniciada en noviembre de 1992 en la que se otorgó una prórroga hasta 1994. 11 Los títulos contradictorios de esta nota son : -El filtro a la inmigración -Las barreras son ineficaces para frenar a los ilegales -Mercosur: prevé la libre circulación de personas pero por ahora es sólo un proyecto; crece la idea de que para combatir la ilegalidad hay que eliminar las restricciones.

La nota describe detalles de la última jornada, y luego desarrolla la problemática.

Transcribimos algunos párrafos en los que se presentan términos resaltados en cursiva, sobre los que volveremos más adelante : "El día después del último plazo de la amnistía destinada a que los nativos de países limítrofes regularizaran su residencia en la Argentina, la Dirección Nacional de Migraciones cerró sus puertas para realizar una más que simbólica tarea : desinfectar el ambiente.

Después de 15 meses de trámites de amnistía parecía muy cargado el aire del histórico Hotel de Inmigrantes, en el puerto de Buenos Aires, el mismo edificio por el que finales del siglo XIX y comienzos del XX entraron algunos de los millones de europeos que luego hicieron un aporte fundamental a la construcción de la Argentina moderna."12 (...) "Ni marineros ni gendarmes ni policías, ni ríos ni selvas ni montañas parecen barreras suficientes para frenar el flujo de nacionales de los países limítrofes :a pesar de que entre 10.000 y 30.000 de ellos- sin contar la amnistía de 1984- regularizaron anualmente sus situaciones desde 1980, parece que más de 200.000 esperaban la oportunidad para disgustar de una sola vez a los funcionarios de Migraciones y a sus oportunos superiores del Ministerio del Interior" " La calificación genérica de ilegales" que los sorprendidos burócratas aplicaron a los inmigrantes limítrofes, acaso involuntariamente cobró cierto rango de estigma, al sugerir la condición de casi indeseables de los indocumentados.

" En los años cuarenta, anteriores burócratas esperaron un nuevo pero nunca concretado aluvión de europeos, mientras el desdén les impedía ver como bolivianos, paraguayos y chilenos comenzaban a consolidar una presencia masiva que se desplazaba desde las regiones cercanas a la frontera hacía el magnetismo de los grandes centros urbanos del país.

No parece haber severidad ni trabas capaces de frenar a quienes buscan lugar bajo un sol tal vez más acogedor.

En 1981, a tono con un decreto de 1977 que pretendía defender la seguridad nacional y la homogeneidad social y étnica de la población, vio la luz la ley de migraciones 22.349, que es la que aun rige,13 y que fue reglamentada en 1987¨: no era conveniente ser latinoamericano y solicitar radicación en la Argentina; eran preferibles los europeos, a lo sumo los asiáticos, y si disponían de un capital considerable para emprender negocios, mejor aún.

Contra los más de 350.000 americanos de países limítrofes, entre 1980 y 1991 los europeos que se asentaron legalmente no llegaron a 25.000 y los asiáticos fueron más de 31.000." A la ilegalidad se asocia "involuntariamente" cierto rango de estigma14 porque sugiere la condición de indeseable. Los sentidos aparecen de manera sutil, sin agencia o responsabilidad clara :¿desde donde , para quien/es el no estar al día con las normas vigentes respecto a la permanencia o condición de trabajo en el país, es un estigma? El estigma es una marca que señala lo infame, lo sacro y lo heredado. Estas representaciones son en términos de un modelo médico nutrido de épocas diferentes: una confluencias de modelo miasmático 15 y de enfermedades infecciosas. Podemos encontrar en la nota un dejar traslucir el posicionamiento respecto de lo que se considera un accionar pertinente del estado. Sus funcionarios, los responsables de implementar las políticas son los "sorprendidos burócratas" : sorprendidos por la dimensión numérica del acontecimiento, que deja aparecer que esto no estaba previsto, por lo que se desconocía, por lo que no se planifica. Los responsables del cuarenta son también burócratas. Sigue vigente en el sentido común lo que se asocia a la "burocracia": la administración pública minuciosa de procedimientos inútiles, desactualizados, con un fin en sí mismo más que la resolución de los problemas reales de la ciudadanía y celosa del cumplimiento de las normativas.

En la segunda parte, la nota transcribe las opiniones de funcionarios gubernamentales, de organismos internacionales, expertos de la Fundación Mediterránea y de la Fundación de Estudios Latinoamericanos (FIEL), dando lugar de inmediato a la presentación del problema en términos de las necesidades del mercado laboral en los actuales contextos "internacionales" globalizados: en nuestro caso , el Mercosur.

" Las políticas restrictivas no siempre sirven, no se puede poner gendarmes a lo largo de la frontera; sólo tienen efecto cuando coinciden con condiciones económicas que hacen poca atractiva a la Argentina, pero cuando la actividad repunta, regresan los inmigrantes de los países limítrofes."(...) Lelio Mármora , Director de la Delegación de la Organización Internacional para las Migraciones (O.I.M) en Buenos Aires señala: " La ilegalidad no se combate con políticas restrictivas; los 60 años de restricciones que comenzaron con la crisis del 30 sólo han conducido a las reiteradas amnistías para los ilegales"(...) Un funcionario gubernamental rechaza que las regulaciones migratorias tengan meros fines restrictivos o discriminatorios: "... la regularización tiene que ver con la necesidad de identificar a las personas, de saber quiénes entran y quienes salen, de diferenciar a la inmigración de la ilegalidad . Esto es una batalla contra la ilegalidad, no contra los inmigrantes. Esta ilegalidad se genera porque existen empresarios inescrupulosos que emplean ilegales como mano de obra barata, y que basta que se conviertan en legales para dejarlos sin empleo. Vamos a ser muy duros con quienes se aprovechan de esta situación, no con los inmigrantes".

Términos tales como migrantes irregulares, indocumentados, ilegales son utilizados indistintamente , como sinónimos o de manera ambigua, por lo que resulta necesario aclarar a que hace referencia cada una de estas categorías según lo define Sassone: - migrantes ilegales: todo extranjero que ingresa legalmente a un país de inmigración y luego permanece sin la documentación pertinente más tiempo del autorizado, o realiza actividades lucrativas no autorizadas para sus respectivas categorías de ingreso.

- migrantes clandestinos: se producen por el ingreso ilegal de extranjeros a través de límites interestatales, eludiendo los controles fronterizos, permaneciendo luego también sin ningún tipo de documentación.

La condición de "migrante ilegal" se adquiere con la permanencia; la gran mayoría de los extranjeros limítrofes ingresan por lugares habilitados, pero se convierten en ilegales al permanecer mayor tiempo del que les es otorgado por la autoridad competente según la categoría que declararon en su ingreso. Esta modalidad se llama "ilegalidad por residencia" y es originada por el ingreso del "falso turista".

Pero, ¿qué dice la normativa? ¿qué categorías establece? Para poder respondernos, analizamos el Decreto Nº 1023/94 que es el que modifica al Decreto Nº 1434/87 que reglamenta la Ley Nº 22439 firmada en el último gobierno de facto.

La normativa contempla tres casos de residentes, los que pueden solicitar los beneficios previstos en el art. 7º inc. d) de la Ley 22439 (de residencia inmediata) - "residente permanente" a todo extranjero que con el propósito de establecerse definitivamente en el país, obtenga de la D.N.M. una admisión en tal carácter. Así también se le otorgará permiso a los familiares de argentinos cuando se compruebe con documentación fehaciente el parentesco. Podrá desempeñar tareas remuneradas o lucrativas.

- "residente temporario" a todo extranjero que, con el ánimo de establecerse en el país en forma no permanente, obtenga de la D.N.M. una admisión en tal carácter con la finalidad de desarrollar alguna actividad relacionado con empresas económicas, educativas, de estudio, religiosas, de temporada(trabajador estacional). Los plazos otorgados estarán relacionados con la actividad a emprender y puede variar de 1 a 3 años con posibilidad de ser renovados. Podrá desempeñar tareas remuneradas o lucrativas hallándose vigente el plazo de permanencia autorizado.

- "residente transitorio" a todo extranjero que obtenga de la D.N.M. una admisión en tal carácter y por alguno de los siguientes motivos: tránsito, turismo (contando con recursos suficientes), tratamiento médico, tripulante de transporte internacional. Los plazos otorgados se determinan de acuerdo al carácter de ingreso y varían desde los 10 días hasta los 3 meses. Deben presentar pasaporte válido, visado por autoridad consular argentina, o en caso de pertenecer a países americanos sin visación; documento de identidad u otro identificatorio expedido por autoridad competente en caso de pertenecer a países limítrofes. Podrán ser autorizados por la D.N.M. a realizar tareas remuneradas o lucrativas, ya sea por cuenta propia o en relación de dependencia, por el lapso que se determine, el que no podrá exceder el plazo de permanencia autorizado.

Haremos referencia a la segunda nota publicada en La Nación del 21 de abril de 1994. La categorización de los oriundos de los países limítrofes es de una exacerbada ponderación negativa, y se los considera responsables de una agencia directa, activa en términos de salud enfermedad, (empeoran la salud de la población), en términos morales, (se hacinan promiscuamente, usufructúan mayoritaria e ilegítimamente el presupuesto público) y en términos de amenaza a la propia integridad. Por otro lado aparece con una ponderación positiva un conjunto de grupos delimitados como europeos , aun en el caso de los "sudafricanos" distinguidos de los "africanos".

" Dos tercios del presupuesto de los hospitales públicos argentinos se gasta en pacientes inmigrantes sudamericanos. Pero más grave aún que el empeoramiento de la salud es el descenso de los niveles intelectuales y de escolaridad que se está observando, debido fundamentalmente a la incorporación creciente de familias indocumentadas de países cordilleranos y limítrofes".

" Recientes estudios sobre la población argentina demuestran que la salud ha empeorado por aumento de la enfermedad de Chagas, meningitis, tuberculosis, parasitosis y particularmente, el cólera, hasta hace poco desconocido en nuestro país.

Este alarmante aumento de la morbilidad se relaciona con el ingreso de inmigración ilegal sudamericana que, en aumento, se hacina promiscuamente en la periferia de Buenos Aires, en otras ciudades y en zonas rurales de Misiones, Chaco, Formosa, Salta, Jujuy y toda la Patagonia, con lo que introduce enfermos chagásicos, parasitados y casos de cólera de Bolivia, Perú, Paraguay y Brasil."(...) " Los países adelantados requieren ya poseer la mitad de su población menos educada con capacidad para controles de equipos y manejos computarizados, como ya ocurre en Japón y Alemania. Por ello , un descenso del nivel de capacidad cerebral de nuestros pobladores por migraciones subdotadas condenaría al país a un desarrollo parcial y detenido.

Ya no es posible soslayar que la subcultura de una inmigración aluvional de bajo nivel intelectual en nuestro país nos impide lo que debe ser una existencia civilizadora y está en pugna con los valores fundamentales sobre los que basar un proyecto nacional" Constituyen además una amenaza geopolítica por potenciales reinvindicaciones territoriales de los países limítrofes. Y ante la urgencia de ejecutar una política migratoria para poblar la frontera y la Patagonia con " ..inmigrantes seleccionados que, apoyados económicamente con créditos internacionales, se dediquen en tareas de producción e industrialización agraria. Europeos orientales que sufren la gravísima contaminación de carbón y sulfuros industriales, sin duda serian atraídos por la pureza de nuestra atmósfera rural y espacios naturales, y pobladores de origen alemán del Volga que no se sienten actualmente rusos ni alemanes podrían ser colonos agrarios.

Habría interés de granjeros franceses que saben que sus tierras están terminadas por sobre fertilización y que los subsidios serán progresivamente reducidos, como también de agricultores sudafricanos temerosos de las reacciones de una comunidad africana con odios antieuropeos.

En otro sentido, sería un deber de humanidad aceptar familias de refugiados de Yugoslavia respaldados económicamente por organismos internacionales.

Se han publicado planes de gobierno para la explotación intensiva de nuestros valles cordilleranos con más de cinco millones de hectáreas que, con adecuada agroindustria, podrían ser la mayor fuente de divisas de nuestro país.

Postergar la realización de estas acciones arriesgaría nuestra soberanía territorial y, más grave aún, traerá un monstruoso crecimiento de arrabales contaminados tercermundistas, poblados por subdotados en detrimento del nivel intelectocultural nacional y del desarrollo y la competitividad de la Argentina del siglo XXI." Nos es necesario volver a la normativa 16 para analizar los casos que plantea de la ilegalidad del ingreso y de la permanencia. En ella encontramos que será ilegal todo extranjero que: -ingrese sin someterse al control migratorio; -ingrese por lugar no habilitado a tales efectos; -no cumpla con los requisitos legales que condicionan el ingreso/permanencia en las distintas categorías; -permaneciere en la República una vez vencido el plazo de permanencia.

Será la D.N.M. que valorando los antecedentes personales de los extranjeros, resolverá su situación migratoria en alguna de las siguientes formas: -intimándolos a que regulen su situación, -conminándolos a que hagan abandono del país, -ordenando su expulsión.

La norma a su vez especifica los casos en que están absolutamente inhabilitados para ser admitidos y/o permanecer en el país en cualquier categoría .Estos casos se refieren a : -afectados por enfermedades infecto-contagiosas o transmisibles, -afectados de alienación mental, personalidad psicótica capaces de provocar dificultades familiares o sociales, -estar cumpliendo condena o hallarse procesado por delitos comunes que merezcan para la legislación argentina pena privativa de la libertad por 2 años o más, -ser adicto a estupefacientes o traficar con ellos, -ejercer la prostitución, traficar o haber traficado con personas, haber lucrado, -cuando pueda presumirse que se trata de una persona inútil por carecer de arte, industria, oficio, profesión u otro medio de vida lícito, que ofenda la moral o las buenas costumbres públicas o que a juicio de la D.N.M. lo señale como de dudosa capacidad para integrarse a la sociedad, -registrar antecedentes que hagan presumir que podría comprometer la seguridad o el orden público o la paz social, -tener prohibido el ingreso el ingreso por autoridad competente.

Aquellos que están relativamente inhabilitados para ser admitidos como residentes "permanentes" o "temporarios" deben estar comprendidos dentro de los siguientes supuestos: -tener defecto físico o psíquico, congénito o adquirido o una enfermedad crónica que disminuya su capacidad para el trabajo, ejercicio del arte, profesión, etc.

-carecer de vivienda adecuada, -tener sesenta y cinco años, -tener menos de 18 años y carecer en el país de padre, madre, tutor o representante legal, -cuando haya cumplido pena o prescrito la misma.

En los casos de extranjeros comprendidos en algunas de las inhabilitaciones absolutas, que hayan residido en el país en forma continua durante los últimos 5 años y sean cónyuges o padres o hijos solteros de argentinos, la D.N.M. podrá admitirlos excepcionalmente mediante resolución fundada en cada caso, valorando alguna de las siguientes circunstancias: -interés que tengan para la República las actividades que desarrollan o desarrollarán, -posibilidades de trabajo, subsistencia, amparo cuando se trate de impedimentos psicofísicos, -condiciones físicas, morales y económicas y la capacidad laboral apreciada en conjunto del grupo familiar, -ser adictos a estupefacientes y soliciten tratarse en instituciones oficiales especializadas.

Así también la Dirección podrá admitir cuando lo estime conveniente en la categorías de residentes "permanentes" o "temporarios" mediante resolución fundada en cada caso particular a los extranjeros comprendidos en las inhabilitaciones relativas.

Las características de los extranjeros a quienes la Dirección Nacional de Migraciones y el Ministerio del Interior concederá residencia en el país, son por un lado los que pueden acreditar profesionalización o especialización laboral, " personas de reconocida solvencia para ejecutar trabajos de su especialidad", " personas de especial relevancia en el orden cultural ", y "Migrantes con capital propio suficiente para el desarrollo de su actividad comercial, industrial etc.". "Religiosos, pertenecientes a cultos oficiales reconocidos" ; "Extranjeros que, por sus especiales condiciones o circunstancias personales, revistan un especial interés para el país". Resalta por otro lado la discrecionalidad potencial con que el reglamento faculta a la D.N.M. para las "excepciones" o selección particulares.

Para concluir, vemos que en ambas notas periodísticas la referencia sobre la legalidad/ilegalidad de los migrantes conduce directamente a la discusión del proyecto económico político. Vemos que en la primera nota , la problemática migratoria y el perfil del migrante son referidos al contexto de un mercado laboral globalizado y sus exigencias. En la segunda nota, por otra parte las ponderaciones de los migrantes es realizada en el marco de un proyecto de país agroexportador, poco acorde con los desafíos de los nuevos escenarios internacionales.

Del análisis de las notas periodísticas y de la normativa observamos alusiones étnicas que contribuyen a acentuar la inconveniencia de la recepción de determinados grupos de extranjeros, lo que Balibar llamó para Francia " la formación de la psicosis de la inmigración"17 . Como sucede en épocas de disputa por bienes escasos aparece la búsqueda del "chivo expiatorio", del culpable de la falta o de los problemas alrededor del trabajo, la vivienda, la educación, la seguridad, la salud, etc. El migrante adquiere una particular visibilidad, producto de la normativa migratoria implementada y su presencia en los medios, de manera tal que permite anticipar comportamientos y características particulares, en la medida en que se lo asocia a representaciones y prácticas estereotipadas y estigmatizantes. El "ilegal" hoy es visualizado como una amenaza, un competidor en relación a los empleos posibles; un apropiador ilegítimo de los recursos sociales disponibles. .

Bibliografía:

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- Grassi, E., Hintze, S., Neufeld, M.R.. "Políticas sociales: crisis y ajuste estructural". Bs.As., Espacio, 1994.

- Juliano, D. "El discreto encanto de la adscripción étnica voluntaria" en Procesos de contacto interétnico, Bs.As., Búsqueda, 1987.

- Mármora, L. "Las migraciones en el proceso de integración de las Américas" en Estudios Migratorios Latinoamericanos, Año 8, Nº23, Bs.As., 1993.

- Novick, S. "Las políticas inmigratorias argentinas en su expresión jurídica. Una perspectiva secular" en Estudios Migratorios Latinoamericanos, Año 1, Nº2, Bs.As., 1986.

- - - - - - - - "Política y Población", Bs.As., Ceal, 1992.

- Oteiza, E., Aruj, R. "Inmigración real, inmigración imaginaria y discriminación en la Argentina", trabajo presentado en las Vª Jornadas sobre Colectividades. IDES, Bs.As., julio 1995.

- Santamaría, E., "(Re)presentación de una presencia. La "inmigración " en y a través de la prensa diaria" en Archipiélago Cuadernos de Crítica de la Cultura, Nº12, Barcelona, 1993.

- Sassone, S. "Migraciones ilegales y amnistías en la Argentina" en Estudios Migratorios Latinoamericanos, Año 2, Bs.As., agosto/diciembre 1987.

NOTAS

1 2 La equiparación del inmigrante con el agricultor , de las primeras leyes, la Ley de Residencia (Ley No.4144 del 22-11-1902) señala un inmigrante sospechoso, peligroso e indeseable. Se autoriza expulsar al "extranjero que comprometa la seguridad nacional o perturbe el orden público" .El art.17. de la Constitución de 1949 señala " el gobierno federal fomentará la inmigración europea"

3 MONTESINOS,M.P;PALLMA;SINISI,L:"Notas sobre la diversidad cultural. Aproximaciones críticas acerca de la construcción de la diferencia en la nueva propuesta curricular y en la vida cotidiana escolar". Ponencia presentada en el Congreso Internacional de Educación. Facultad de Filosofía y Letras. 24,25 y 26 de julio, Buenos Aires, Argentina, 1996.

MONTESINOS,M.P;PALLMA;SINISI,L: "Diferentes o Desiguales? Dilemas de los "Unos y los Otros (y de nosotros también) Ponencia presentada en el congreso "Cultura e Globalizacao. 5ta Reuniao do (Merco)Sul. Tramandaí, Río Grande. 12 a 15 de Septiembre 1995 NEUFELD,M.R.;THISTED, J.A: "Los niños de los migrantes y la escuela en Argentina: la diversidad cultural en un marco de neoliberalismo conservador" Ponencia presentada en el Congreso Internacional de Educación. Facultad de Filosofía y Letras. 24,25 y 26 de julio, Buenos Aires, Argentina, 1996 NEUFELD,M.R.;THISTED, J.A: Escuela y sociedad. Prácticas y representaciones de la diversidad cultural en el contexto político actual.

4 NOVICK, S: "Las políticas inmigratorias argentinas en su expresión jurídica. Una experiencia secular"

5 ALTHABE, G y otros: "Urbanisation et enjeux quotidiens." Anthropos. Edición 1985

6 "Los "usos de la diversidad cultural en un marco de neoliberalismo conservador. Continuidades-rupturas entre escuela y sociedad": Proyecto UBACyT 1995/97 . FI112 pág. 3

7 GRASSI, E,: "La antropología de lo político en la sociedad moderna: una propuesta de construcción de los datos de campo a partir de la información contenida en los medios de prensa" Jornada sobre Etnografía. IDES 1994.

8 La recopilación de noticias abarca un espectro más amplio: cuestiones migratorias nacionales e internacionales, discriminación

9 LEVINSON, Stephen C.: "Pragmática" Ed. Teide-Barcelona

10 WAGNER, W: (1995) Decricao, explicacao e método na pesquisa das representacoes sociais. In P. Guareschi / S. Jovchelovitch, eds. Textos em Representacoes sociais. Petrópolis: Vozes, pp 149-186

11 Una amnistía implica la posibilidad de regularizar la situación de una presencia de hecho en el país. Hemos visualizado en el recorrido histórico que los gobiernos que las propulsaron fueron siempre los democráticos :

12 Dolores Juliano en "El discreto encanto de la adscripción étnica voluntaria" ha señalado la otra cara de esta omnipresente ponderación positiva de la inmigración europea.( Procesos de contacto interétnico, De. Búsqueda, Bs.As. 1987.

13 Con algunas modificaciones establecidas por decreto, sigue vigente la normativa establecida en su momento por el gobierno militar de Jorge Videla. A la fecha no hay aún una ley de migración fruto de un debate parlamentario.

14 (Dice la RAE : del latín proveniente del griego: picadura, de picar, punzar: marca o señal en el cuerpo. 2. Teol. huella impresa sobrenaturalmente en el cuerpo de algunos santos extáticos como símbolo de la participación que sus almas toman en la pasión de Cristo. 3. Marca impuesta con hierro candente bien como pena infamante, bien como signo de esclavitud. 4. fig. Desdoro, afrenta, mala fama. . 5. Med. Lesión orgánica o trastorno funcional que indica enfermedad constitucional y hereditaria.. Entonces estigmatizar es el acceso a la infamia, o a lo sagrado mediante una marca. Estigmatizar dice la RAE: marcar a uno con hierro candente. 2. Teol. Imprimir milagrosamente a una persona las llagas de Cristo. 3. fig. Afrentar, infamar.

15 Miasmas: Efluvio maligno que se desprende de cuerpos enfermos, materias corruptas o aguas estancadas. miasmático: que produce o contiene miasmas: laguna miasmática

16 Reglamento de Migración. Modificación del Dec. 1437/87. Decreto 1023 del 29 de junio de 1994

17 BALIBAR, E. y WALLERSTEIN,I : Raza, Nación y Clase. Madrid Iepala 1988.

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